martes, 7 de julio de 2020
martes, 5 de mayo de 2020
Reconocimiento a nuestra compañera Silvia Ontivero
En estos días
la prensa comercial hegemónica que no representa al honroso oficio de la
comunicación, transmitió como si fuera verdad que miles de personas presas
serían puestas en libertad por iniciativa y decisión del gobierno nacional. Ello
a pesar de que desde la Presidencia de la Nación se había sostenido que ante la
actual pandemia no se haría uso de la facultad del indulto presidencial ni se
promovería una ley de amnistía por parte del Poder Legislativo de la Nación.
Lo que se está
discutiendo en nuestro país y en el mundo, es la manera en que los tribunales resuelven
la prisión domiciliaria de internos en las cárceles. No está planteado que se
libere a las personas, sino que algunas presas y presos sean conducidos a sus
domicilios para aliviar la situación de hacinamiento que existe en las cárceles.
El Poder Judicial
y sus jueces son los únicos que pueden resolver esta cuestión. Los medios y los
periodistas pagados por ellos que han inventado una liberación masiva de
personas, saben que eso no puede ocurrir por obra del Poder Ejecutivo, pero a
esta altura de la realidad, la verdad es lo que menos les importa.
Se ha dicho con
claridad por organismos de Derechos Humanos internacionales como la Comisión y
la Corte de Derechos Humanos de la OEA y por Naciones Unidas, que para proteger
la vida de internos y de personas que viven en libertad, deberá privilegiarse
la prisión domiciliaria de personas procesadas o condenadas por los delitos más
leves o excepcionalmente cuando hay actual situación de peligro de vida de
personas procesadas o condenadas por delitos más graves.
Todo ello para
desalojar en lo posible las cárceles y posibilitar de esta manera que el resto
de la población carcelaria de más graves condenas puedan permanecer en prisión
sin hacinamiento. Como consecuencia, miles de presas y presos han obtenido su
prisión domiciliaria en los países europeos más desarrollados, como Inglaterra,
Francia e Italia.
Luego del
trabajo de muchos años, esos aparatos de propaganda al estilo nazi, han logrado
convencer a muchas personas de lo que dicen, evidentes mentiras con
conocimiento de su falsedad, con el único propósito de destruir la imagen
democrática del Poder Ejecutivo dirigido por Alberto Fernández.
![]() |
| Foto: Coco Yañez / El Otro Diario |
Cuando
organismos de Derechos Humanos como el MEDH - Regional Mendoza y quienes lo
integramos, tratamos de darle alguna explicación a conductas de tan baja altura
política, moral y humana, tenemos la necesidad de recurrir a personas que
representen la más altiva expresión de amor y solidaridad, como contrapeso para
poder seguir creyendo que el país puede ser conducido hacia una mayor Justicia
para sus habitantes. Es difícil la vida frente a tanta degeneración informativa
mal intencionada. Hacen falta actitudes reconfortantes.
Así supimos que
Silvia Ontivero, ante la posibilidad de que el asesino de su hijo quedara en
prisión domiciliaria por problemas de salud ante el coronavirus, dio su
consentimiento para que el condenado por ese homicidio, a pocos años del
cumplimiento de su condena, la siguiera cumpliendo en su domicilio.
Silvia venía de
sufrir el secuestro, detención, violaciones y torturas por parte de los aberrantes
secuaces de la última dictadura criminal y genocida. En tales condiciones, además
de haber sufrido en carne propia el homicidio violento de su hijo, nos ha dado
un ejemplo inconmensurable de comprensión, respeto y amor al prójimo.
Lo hizo con fundamento
en que corría peligro concreto la salud del condenado Arduino, como le hicieron
saber desde el tribunal judicial que resolvió la situación de esa persona. Y también
lo hizo para que en esas condiciones pudiera incorporarse a su hogar y estar
con sus hijos, con la posibilidad de iniciar una nueva vida.
Luego del
desarrollo del proceso contra el imputado Arduino por la muerte de su hijo, en
el mes de noviembre de 2016, Silvia Ontivero impugnó públicamente en el Senado
provincial al juez José Valerio cuando fue postulado por el gobernador Cornejo
para ser miembro de la Suprema Corte de Mendoza. Ya demostraba su abnegada
concepción de la vida. Alegó y probó con documento escrito por el mismo Valerio,
su ideología homofóbica cuando siendo juez de la Segunda Cámara del Crimen
concedió circunstancialmente la libertad de Arduino, entre otros motivos, por
la “desviación sexual” de la víctima.
Silvia Ontivero
reconoció ante periodistas que también tenía amigos que le dicen a ella “que
los maten, que se mueran los internos por esos delitos”. Y que después van a
misa como si nada ocurriera y antes de ser interrumpida: que “las cárceles
están llenas de pobres, no están los que delinquen en el mundo de las finanzas,
no están los que echan 1500 empleados cuando viene la pandemia”. Noticia
aparecida en “El Otro”, un medio que ayuda a creer en que podemos hacer un
mundo más honesto y humano: “La razón de Silvia”, 30 abril de 2020. Silvia “cristalizó la hipocresía del sistema penal,
el sensacionalismo mediático y la insensibilidad de una buena parte de la
sociedad.”
¿Qué ejemplo de
altruismo mayor podemos esperar cuando esta persona ha procurado el bien de otros
de manera desinteresada, incluso a costa de su propio interés?
Entendemos y
esperamos que la ciudadanía mendocina y argentina, tan agredida por
sentimientos de odio racial y clasista que fomentan aquellos medios solo
comerciales, sabrá valorar una conducta notablemente diferente.
lunes, 20 de abril de 2020
Comunicado ante la situación de las personas privadas de la libertad en medio de la pandemia por el “Coronavirus”
Mendoza, 20 de abril de 2020
Desde
el Movimiento Ecuménico por los
Derechos Humanos - Regional Mendoza, manifestamos
públicamente nuestra posición frente a la amarga realidad que vive nuestro país
y el mundo, con motivo de la pandemia que nos rodea y nos condiciona.
Uno de los
aspectos que se distingue en este contexto, es el que involucra a las miles de
personas que se encuentran privadas de libertad cuya vida puede estar en
peligro. El objetivo de la privación legítima de libertad es la seguridad de
cada una de las personas que la sufren y no su castigo. Art. 18 de la
Constitución Nacional. Con lo que la retribución de pena que pueda corresponder
por el delito cometido, no se conforma con la sola privación de libertad sino
que además: “…La ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus
modalidades, se encuentra dirigida al fortalecimiento de la dignidad humana y
al estímulo de actitudes solidarias, a partir del desarrollo de sus
potencialidades individuales y la internalización de valores, y tiene por
finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de respetar y
comprender la ley, como así también la gravedad de sus actos y de la sanción
impuesta, procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión
y el apoyo de la sociedad, que será parte de la rehabilitación mediante el
control directo e indirecto. El objetivo es lograr la adecuada inserción social
de los procesados y condenados a través de la asistencia, tratamiento y control
y la protección de la sociedad frente al crimen. El régimen penitenciario a
través del sistema penitenciario, deberá utilizar, de acuerdo con las
circunstancias de cada caso, todos los medios de tratamiento interdisciplinario
que resulten apropiados para la finalidad enunciada.”.Artículo 1ª ley
de ejecución penal n° 24660.
La referencia que
hacemos al artículo 18 de la Constitución Nacional es porque nos dice
que:“… Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no
para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de
precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará
responsable al juez que la autorice.”
Es habitual
escuchar que muchas personas que habitan nuestro país, protestan ante lo que
sería una cultura anómica en cuanto conducta que no respeta normas legales
necesarias para una mejor convivencia. La primera reacción que tenemos como
cohabitantes del país, es que así como los conductores de automóviles no le dan
a los peatones la prioridad legal de paso en la vía pública, también las
personas privadas de libertad deberían ser tratadas correctamente, con respeto,
para que puedan aprender a respetar los derechos de los demás, como quiere la
ley de ejecución penal antes mencionada.
Sin embargo,
parece ser cierto que muchas personas a las que no les gusta que no se cumpla
la ley, no reaccionan de la misma manera y con enojo, cuando se conoce con
seguridad que el trato que se da a las personas en las cárceles, dista mucho de
ser el que manda la letra de nuestra Constitución.
La pandemia que
nos agobia nos pone ante situaciones humanas muy graves. En las cárceles del
país hay miles de personas jóvenes y en su gran mayoría muy pobres que viven
hacinados y en malas condiciones de higiene, entre otros males. Ello se debe a
la violación del principio constitucional de igualdad ante la ley que cometen
nuestros poderes judiciales.
También se
encuentran privadas de libertad algunas personas procesadas o condenadas por
delitos de lesa humanidad. En estos casos no se trata de una violación
constitucional al principio de igualdad, sino que, excepcionalmente y debido a
la lucha de muchos años de los organismos de derechos humanos, entre los que se
cuenta al MEDH - Regional Mendoza, se
ha logrado que los tribunales federales procesen y detengan legalmente, con las
debidas garantías, a los ejecutores de gravísimos delitos de lesa humanidad cometidos
durante la última dictadura cívico militar.
La Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha establecido recientemente, como
principio, que las libertades o prisiones domiciliarias que deben resolverse
como consecuencia de la pandemia que padece nuestro mundo, deberán tener en
cuenta la diversa naturaleza de las causas que motivan la privación de
libertad, aunque siempre bajo el principio de humanidad y dignidad. En el mismo
sentido que se ha expresado ese alto tribunal constitucional, entendemos que el
principio es la libertad o prisión domiciliaria de las personas cuando la
continuidad de su encierro implica un concreto peligro para su vida. Ello surge
de cardinales normas constitucionales y de consecuentes disposiciones
contenidas en los códigos procesales de orden provincial y federal. Artículo
106 de la Carta de la OEA, artículo 41.b de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos y el artículo 18.b de su Estatuto.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados
Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos. Esta Comisión Interamericana tiene el mandato
de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y
actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada
por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de
la OEA a título personal y no representan a sus países de origen o residencia.
Las opiniones consultivas y resoluciones de esta Comisión y de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, que resuelve pleitos entre partes, tienen
carácter imperativo y son obligatorias para los superiores tribunales de los
países de nuestra América. Allí radica la importancia de lo que ha establecido
la Comisión.
En la línea de
esa disposición, el presidente del superior tribunal penal bonaerense, Víctor
Violini, decidió hacer lugar a un habeas
corpus presentado la semana pasada por once defensores generales, quienes
sostenían que las condiciones de hacinamiento e inhabitabilidad en cárceles y
comisarías provinciales se ven agravadas ante la emergencia sanitaria del
coronavirus. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM), mecanismo contra la
tortura bonaerense, adhirió al planteo como amicus curiae. El juez ordenó que cada juzgado o tribunal
bonaerense debe dictar la prisión domiciliaria de los detenidos a su cargo, que
estén presos por delitos leves y que se encuentren en situación de riesgo por
edad, por patologías preexistentes o sean mujeres embarazadas o con hijos. Para
delitos graves – asesinatos, secuestros, violencia de género o abusos sexuales
– será cada juez el que deberá analizar los pormenores del caso. El Ministerio
Público pidió que se tuviera especial cuidado si se conceden domiciliarias a
condenados o procesados por agresiones sexuales o violencia doméstica para
evitar su acercamiento a las víctimas o que vuelva al lugar donde cometió los
delitos. El contexto de todos estos casos resueltos y a resolver es que existe
una crisis penitenciaria sin precedentes en la provincia de Buenos Aires,
reconocida ya el año pasado por la propia Casación bonaerense.
En el mismo
sentido en favor de la libertad en los casos mencionados se pronunció el Comité
Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) y cabe destacar que el asunto
llegará pronto a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En Mendoza, la
Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos Xumek,
también presentó un habeas corpus por
la integridad de las personas privadas de la libertad en nuestra provincia -se
estima que la "población de riesgo" es de alrededor de 400 personas-,
al que han dado lugar aisladamente desde algunos juzgados.
Delitos de Lesa Humanidad
Mientras tanto,
es probable que la sala de feria de la Cámara de Casación Federal, esta semana
o la siguiente, tenga para resolver planteos de Miguel Osvaldo Etchecolatz, que
insiste con obtener su prisión domiciliaria. Atentos particularmente a la
situación de personas como ésta, considerada como una de las principales
responsables de la represión genocida en el país y condenada por ese motivo
varias veces, este Organismo hace hincapié en la delicada situación que deberán
enfrentar los tribunales federales en el caso de pedidos de prisión domiciliaria
de quienes han sido condenados por genocidio y delitos de lesa humanidad. Sobre
ello se ha pronunciado expresamente la CIDH en su Resolución 1/20 del 10 de
abril.
“En
el caso de personas condenadas por graves violaciones a los derechos humanos y
delitos de lesa humanidad, atendiendo el bien jurídico afectado, la gravedad de
los hechos y la obligación de los Estados de sancionar a los responsables de
tales violaciones, tales evaluaciones requieren de un análisis y requisitos más
exigentes, con apego al principio de proporcionalidad y a los estándares
interamericanos aplicables.”
En
las cárceles federales argentinas, la gran mayoría de las personas mayores
privadas de su libertad son condenados o acusados por delitos de lesa
humanidad. Según el SPF, actualmente hay 131 represores presos y dos internados
en hospitales extramuros. Para ellos, la CIDH aclaró, como ha sido transcripto
en el párrafo anterior, que la evaluación de los jueces debe ser más exigente:
“Con apego al principio de proporcionalidad y a los estándares interamericanos
aplicables”. La Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad – a cargo de la
fiscal Ángeles Ramos – tiene contabilizados 136 pedidos de domiciliarias. El
número supera el de los represores en prisión porque son muchos de ellos los
que tienen distintas causas en distintas jurisdicciones.
Hasta ahora, la
tendencia es hacia el rechazo, pero al menos 25 represores lograron salir de la
cárcel desde que se declaró la emergencia sanitaria.
Cabe destacar en
este apartado, que nuestra representación legal ha logrado también justificar
puntualmente el rechazo a este beneficio en la reclusión de la pena, aunque se
han concedido varias prisiones domiciliarias a personas condenadas o procesadas
por estos graves crímenes contra la humanidad.
Entendemos que
tal como lo ha establecido la CIDH, la situación de los condenados y procesados
por genocidio deberá atenderse con la proporcional gravedad de sus delitos en
relación al resto de personas procesadas y condenadas por delitos de orden
común. Esto significa que deberá extremarse la consideración sobre sus
condiciones de encierro y la posibilidad de permanecer en esa situación sin
riesgo concreto para sus vidas debido a la pandemia y a sus particulares
situaciones de salud.
Sobre estas
condiciones de encierro habrá que tener en cuenta, con seguridad, que los
lugares en que están alojados, tengan o no las malas condiciones que padece el
resto de condenados por delitos comunes y por lo tanto puede que no corran
aquel peligro.
martes, 4 de junio de 2019
El MEDH presentará un libro escrito por familiares de genocidas
El jueves 6 de junio, la Regional Mendoza del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos presentará el libro Escritos desobedientes, del Colectivo Historias Desobedientes de Familiares de genocidas por la Memoria, la Verdad y la Justicia. Será a las 19 hs., en el Espacio Provincial para la Memoria y Derechos Humanos, Av. Belgrano 179 de la Ciudad de Mendoza.
El trabajo recopila textos redactados antes y durante la creación del colectivo Historias Desobedientes y con Faltas de Ortografía. A través de diversos lenguajes −desde el ensayo a la novela, del manifiesto a la poesía, de la dramaturgia al posteo en redes sociales−, las y los autores de este libro se confrontan con la dificultad de expresar los sutiles y perversos vínculos entre el genocidio y la familia como núcleo de silenciamiento, sumisión y violencia patriarcal.
Participarán Liliana Furió, Julianne Schmidinger y José Luis Navarrete Rovano, integrantes de Historias Desobedientes de Argentina y Chile. Este colectivo emergió en 2017 como respuesta al fallo de la Corte Suprema de Justicia conocido como el “2x1”, entre sus fundamentos remarcan que la posición ética que los define es el repudio al accionar de sus familiares genocidas y el rechazo al accionar represivo que pueden tomar hoy las Fuerzas Armadas y de Seguridad en perjuicio del pueblo. Contra los imperativos del silencio y del negacionismo personal, familiar y social, los desobedientes dicen: “Nosotres (tampoco) nos reconciliamos”, expresan en su sitio oficial.
El MEDH tiene programado llevar esta presentación a otros espacios. El viernes 7 de mayo, el evento se replicará en la Facultad de Filosofía y Letras de la UNCuyo a las 11 hs., con auspicio de la agrupación de egresadxs La Carretero, la agrupación estudiantil La Soriano y del Instituto Educación Superior Docente y Técnica 9-001 General San Martín.
El viernes 7 también se presentará a las 16 hs., en la sede del Instituto Educación Superior Docente y Técnica 9-001 General San Martín, ubicado en la intersección de Chubut y Balcarce, en la Ciudad de San Martín, con auspicio de la agrupación de egresadxs La Carretero y la agrupación estudiantil La Soriano de la FFyL de la UNCuyo y del IESDyT 9-001 General San Martín.
Presentación de Escritos Desobedientes
Jueves 06 de junio, 19.00 hs.
Espacio para la Memoria y los Derechos Humanos -exD2. Belgrano 179, Ciudad de Mendoza.
Viernes 07 de junio 11.00 hs.
Facultad de Filosofía y Letras UNCuyo, Centro Universitario, Parque San Martín, Ciudad de Mendoza.
Viernes 07 de junio, 16.00 hs.
Instituto Educación Superior Docente y Técnica 9-001 Gral. José de San Martín. Chubut y Balcarce Ciudad de San Martín.
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MEDH Mendoza
miércoles, 17 de octubre de 2018
Nueva jornada de Mendoza por la Identidad
El trabajo conjunto entre la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo y el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos-Regional Mendoza dio forma al programa Mendoza por la Identidad.
En ese marco, y con el auspicio del Sindicato de Docentes Privados (SADOP) y la Fundación Ecuménica de Cuyo, se realizará la jornada "El Derecho a la Identidad como conquista irrenunciable".
El equipo docente estará conformado por Irene Strauss (responsable del Área de Educación de Abuelas de Plaza de Mayo), Viviana Beigel y Pablo Salinas (representantes legales del MEDH) y Alicia Boggia (Dirección General de Escuelas de Mendoza).
La jornada se llevará a cabo los días 26 (de 9 a 17 hs) y 27 (de 9 a 15hs) de octubre próximos en la sede de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), ubicada en San Juan 1041 de la ciudad de Mendoza. Cuenta con 0,048 de puntaje docente a partir de la resolución 0113/18.
La inscripción es gratuita y puede realizarse a través del correo electrónico identidadsadop@gmail.com o al teléfono 261-5451083.
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viernes, 12 de octubre de 2018
La visita de Estela de Carlotto a nuestra casa
En el mes de agosto recibimos a Estela de Carlotto en nuestra casa. La Presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo en su visita por Mendoza se reunió con integrantes del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos de Mendoza, Nodo de la Red por la Identidad en la búsqueda de los nietos apropiados por la última dictadura cívico militar en nuestro país.
Junto a la presidenta y vice presidenta de nuestra Fundación e integrantes del MEDH de Mendoza, Estela compartió su apoyo a todas las causas sociales que nos unen.
Agradecemos su visita, junto a su abogado, a nuestra nieta recuperada Claudia Domínguez Castro, a nuestros abogados y compartimos con enorme alegría momentos de este encuentro, en el que brindamos ¡por muchxs nietxs recupedadxs más!
Junto a la presidenta y vice presidenta de nuestra Fundación e integrantes del MEDH de Mendoza, Estela compartió su apoyo a todas las causas sociales que nos unen.
Agradecemos su visita, junto a su abogado, a nuestra nieta recuperada Claudia Domínguez Castro, a nuestros abogados y compartimos con enorme alegría momentos de este encuentro, en el que brindamos ¡por muchxs nietxs recupedadxs más!
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miércoles, 10 de octubre de 2018
La Universidad Nacional de San Luis convoca a la presentación de candidatos al premio "Mauricio López" 2018
Mediante la resolución 1041/18, la entidad académica abrió la convocatoria a postulantes a recibir la tradicional distinción que otorga anualmente a personas o instituciones que se hayan destacado en la promoción y defensa de los Derechos Humanos y acrediten una trayectoria a tales propósitos.
La presentación de candidatos permanecerá abierta desde el 1 de setiembre al 15 de octubre de 2018 inclusive.
El jurado encargado de evaluar las postulaciones al premio y/o las menciones estará integrado por un representante de las instituciones mencionadas a continuación: Universidad Nacional de San Luis, Asociación de Docentes Universitarios (ADU), Sindicato de Docentes e Investigadores Universitarios (SiDIU), Asociación del Personal de la Universidad Nacional de San Luis (APUNSL), Federación Universitaria de San Luis (FUSL), Asamblea Permanente de los Derechos Humanos, Asamblea Permanente de los Derechos Humanos - Delegación San Luis y Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos - Regional Mendoza".
Los requisitos para la presentación de candidaturas se detallan en el Anexo I de la resolución (clic aquí).
La presentación de candidatos permanecerá abierta desde el 1 de setiembre al 15 de octubre de 2018 inclusive.
El jurado encargado de evaluar las postulaciones al premio y/o las menciones estará integrado por un representante de las instituciones mencionadas a continuación: Universidad Nacional de San Luis, Asociación de Docentes Universitarios (ADU), Sindicato de Docentes e Investigadores Universitarios (SiDIU), Asociación del Personal de la Universidad Nacional de San Luis (APUNSL), Federación Universitaria de San Luis (FUSL), Asamblea Permanente de los Derechos Humanos, Asamblea Permanente de los Derechos Humanos - Delegación San Luis y Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos - Regional Mendoza".
Los requisitos para la presentación de candidaturas se detallan en el Anexo I de la resolución (clic aquí).
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